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Amplia experiencia en la defensa de toda clase de delitos ante todas las instancias

Amplia experiencia en la defensa de toda clase de delitos ante todas las instancias

La elección de su abogado defensor es aún más importante que el delito que le imputan…

El matar a otra persona se ha venido considerando, desde antiguo, como uno de los delitos más graves que podían cometerse en todas las culturas. No obstante, casi todos los problemas han surgido bien en la consideración de ese ‘matar’ o bien en la concreción del concepto de ‘persona’.

La casuística en este punto es mucha y, con el devenir de los tiempos, han ido surgiendo diferentes denominaciones para el mismo hecho o, si se quiere, para hechos muy parecidos, pudiendo encontrar junto con las denominaciones de homicidio y asesinato otras muchas ya en desuso: parricidio, matricidio, uxoricidio, infanticidio, regicidio, etc. Todas ellas tienen en común la misma acción, matar, diferenciándose solamente en la persona que muere: padre, madre, esposa, niño de corta edad, rey o reina, respectivamente.

Actualmente, ya sólo quedan dos denominaciones en uso: el homicidio y el asesinato, no difiriendo ya en el ‘a quién’, sino en las circunstancias mismas y circundantes del hecho

Una buena asistencia letrada es vital para este tipo de casos, puesto que es un tema muy serio y delicado, garantizándole su defensa en los procedimientos más complejos ante la justicia ordinaria o en procedimientos por la ley del jurado.

Nuestro despacho está altamente especializado en este tipo de delitos y procedimientos penales, tenemos especial cuidado y empatía con este tipo de asuntos, estando preparados para dar apoyo psicológico en caso de que lo necesitara, tanto a usted como a sus familiares a través de nuestro departamento de psicología.

Queremos diferenciar ambos delitos, pues en ocasiones, los propios medios de comunicación inducen a confusión, pero en ambas figuras no sólo se castigará al culpable, sino que el perjudicado (familiares, etc.) tendrá derecho a indemnización

Homicidios

Se castiga con la pena de prisión correspondiente a delito de homicidio si se causa la muerte a otra persona de una forma imprudente. Además, según el modo en que se produce, existen otras condenas establecidas junto con la pena de prisión, pudiendo señalar las siguientes:

  • Cuando se ha producido por una imprudencia grave: La Ley diferencia si se ha cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor. No sólo se castigará al culpable con la prohibición de conducir y con pena de prisión, sino que además los familiares de la víctima podrán pedir una indemnización (para ampliar información y/o para conocer las indemnizaciones que contempla la Ley en función de las consecuencias derivadas del accidente, acceda a la siguiente sección >> Accidentes de Tráfico). Asimismo, la Ley distingue también si el homicidio imprudente se comete utilizando un arma de fuego, caso en el que se castigará con la prohibición al culpable de portar o tener armas y con la pena de prisión, pudiendo exigir igualmente una indemnización los familiares de la víctima. Por otro lado, si el homicidio se hubiera cometido por imprudencia profesional, se impondrá, además de la pena de prisión, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo, pudiendo exigir indemnización los familiares de la víctima (para ampliar información y/o para conocer las indemnizaciones que contempla la Ley, acceda a la siguiente sección >> Negligencias Médicas).
  • Cuando se ha producido por una imprudencia menos grave: Al igual que las imprudencias graves, se prohibirá el derecho a conducir o, en su caso, el derecho a portar armas, pero, al ser una imprudencia menos grave, la pena de prisión será menor y se deberá denunciar por las personas agraviadas (familiares, etc.) o por sus representantes legales.

Asesinatos

Se castiga con pena de prisión correspondiente a delito de asesinato si se mata a una persona dándose alguna de las siguientes circunstancias:

  • Alevosía: Cuando se emplean medios o formas para impedir que el otro pueda defenderse, asegurándose de esta manera su ejecución (una agresión por sorpresa, etc.).
  • Realizarlo por precio, recompensa o promesa: Cuando se mata por una oferta económica de un tercero.
  • Ensañamiento: Cuando se pretende aumentar el dolor de la víctima previamente a su muerte.
  • Omisión: Realizarlo para facilitar la omisión de otro delito o para evitar que se descubra.

Asimismo, hay otras modalidades que pueden agravar la situación, como, por ejemplo, cuando la víctima es menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad, etc.

A ello, debemos añadir la indemnización que el agresor deberá satisfacer a las personas agraviadas (familiares, etc.).

Contamos con profesionales cualificados y experimentados en este tipo de procedimientos, permita que le ayudemos y que estudiemos su caso para encontrar la solución más beneficiosa para usted.