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21/01/2022
PRADOS OSUNA
NEGLIGENCIAS MEDICAS: COMO SE VALORA EL SUFRIMIENTO

Los asuntos de negligencias médicas son muy complicados, ya que a diferencia de los accidentes de tráfico (donde existen atestados o partes amistosos firmados por ambas partes en los que una de ellas reconoce la culpa) no existe un reconocimiento de culpa por parte de la persona que ha cometido vulneración de la lex artis, como negligencia, falta de consentimiento, etc. Y por ello no solo se habrá de probar el daño que se ha producido, sino también cómo ha ocurrido y quién ha sido el culpable. Para ello se deberán aportar documentos, testigos (que normalmente son compañeros de la persona culpable) y fundamentalmente un informe de un perito especializado.

Vamos a explicar los casos en los que se producen daños (o fallecimientos) por actuaciones de los Servicios de Salud.

06/02/2021
PRADOS OSUNA
EL SUPREMO PREMIA A LOS NO "NINI"

El Tribunal Supremo, en sentencia de 687/2019 de 6 de noviembre, da la razón a nuestra cliente, y ha corregido la doctrina que venía manteniendo la Audiencia Provincial de Granada (y otras audiencias) relativa a extinguir la pensión de alimentos si los hijos ya eran mayores de edad y tenían una edad considerable para acceder al mercado laboral. La Audiencia fijaba un periodo que se consideraba suficiente, a juicio de la propia Audiencia, para la finalización de los estudios.

Este caso se nos presentaba por una madre que había recibido la demanda del padre, pretendiendo la modificación de las medidas relativas a alimentos de las hijas (una de ellas en el último curso de odontología, y la otra comenzando unas oposiciones a Registro de la Propiedad.